Martes 27 de Octubre de 2026

11.4º

EL TIEMPO EN PARANA

26 de octubre de 2022

La Corte falló a favor de que una "persona mayor" viva con dignidad en la vejez

El máximo tribunal revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que� había rechazado la incorporación de una mujer como afiliada a una obra social provincial.

26-10-2022 | 13:23


La Corte Suprema de la Nación (CSJN) priorizó los derechos a la salud y a vivir con dignidad en la vejez y revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que había rechazado la incorporación de una mujer como afiliada a una obra social provincial, informaron este miércoles fuentes judiciales.

Por mayoría, y con las firmas de su presidente Horacio Rosatti y los ministros Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal ordenó que se dicte una nueva sentencia a favor de la mujer, identificada por sus siglas como E.N.G.P.; mientras que Carlos Rosenkrantz, en disidencia, consideró "inadmisible" el recurso extraordinario de la demandante.

Según las fuentes, G.P. promovió la acción de amparo a fin de obtener la incorporación como afiliada al Instituto de Obra Social de Entre Ríos (Iosper) en su carácter de beneficiaria previsional de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de esa provincia.

Como respuesta, el Superior Tribunal local rechazó la demanda y argumentó que la mujer no demostró padecer un problema de salud urgente y que por su desempeño en una institución educativa, tenía otra cobertura, la Obra Social de Docentes Particulares (Osdop), lo que la demandante siempre negó.

Sin embargo, el voto mayoritario de la Corte Nacional coincidió con el dictamen del Procurador Fiscal Víctor Abramovich, quien sostuvo que se había fallado sin ponderar la naturaleza de los derechos constitucionales implicados en el caso, como el acceso a una "tutela judicial efectiva".

Para Abramovich, la acción de amparo -a la que el máximo tribunal provincial se opuso- "es particularmente pertinente cuando se trata de la preservación de la salud y la integridad psicofísica" y aseguró que para su rechazo hubo "un inusitado rigor formal".

Finalmente, el Procurador agregó que G.P. "pertenece al colectivo de personas mayores, cuyos derechos a la vida y a vivir con dignidad en la vejez, a la salud, y a la protección judicial efectiva, se encuentran especialmente protegidos", más allá que cuando presentó la acción de amparo "requería de forma urgente atención médica de manera sostenida y permanente".
Etiquetas:
  • Corte Suprema de Justicia

  • Entre Ríos

  • obra social

  • vejez

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

ECONOMIA
Por qué la economía argentina llegará a las elecciones con un crecimiento más débil que lo previsto

Por qué la economía argentina llegará a las elecciones con un crecimiento más débil que lo previsto

Si se cumplen las proyecciones, Argentina registrará en 2027 el tercer año consecutivo de expansión del PBI, aunque con un balance dispar que incide en el humor social
ECONOMIA
El Gobierno reglamentó el nuevo Régimen de Zona Fría: qué ciudades perderán el subsidio al gas

El Gobierno reglamentó el nuevo Régimen de Zona Fría: qué ciudades perderán el subsidio al gas

La normativa redefinió el funcionamiento del fondo para subsidiar el gas, estableció nuevos controles y confirmó la continuidad del régimen hasta 2031
ECONOMIA
Rige desde hoy el plan de pagos de ARBA con descuentos de hasta 40% para cancelar deudas: cómo acceder

Rige desde hoy el plan de pagos de ARBA con descuentos de hasta 40% para cancelar deudas: cómo acceder

Los contribuyentes bonaerenses ya pueden adherirse al régimen especial de regularización tributaria. Las mayores bonificaciones estarán disponibles hasta el 13 de noviembre. Qué impuestos incluye, cuáles son los plazos y cómo realizar el trámite online

Comentarios

Escribir un comentario
B53RV
Completá el captcha para publicar tu comentario sin salir de la nota.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.