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12 de enero de 2023

AFIP extendió el plazo para que empleadores cumplan con sus obligaciones

La prórroga está dirigida a aquellos que tenían vencimientos entre el 9 y el 11 de enero para la� presentación y pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones de diciembre.

12-01-2023 | 09:08

La resolución establece que se tomarán como cumplidas las obligaciones que realicen estos empleadores hasta este viernes 13 de enero, más allá de las fechas de vencimientos / Foto 123RF.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso extender el plazo para que los empleadores cumplan con sus obligaciones respecto de la presentación y pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones de diciembre, a causa de problemas en el acceso a sus sistemas. 

La prórroga, establecida mediante Resolución General 5313/2023 publicada este jueves en el Boletín Oficial, está dirigida a los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que hagan la presentación, y en el caso que corresponda, el pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social del periodo devengado de diciembre de 2022, y cuyos vencimientos estaban fijados entre los días 9 y 11 de enero.

La resolución establece que se tomarán como cumplidas las obligaciones que realicen estos empleadores hasta este viernes 13 de enero, más allá de las fechas de vencimientos.

“Determinados contribuyentes y responsables pudieron resultar afectados entre los días 9 al 11 de enero de 2023, ambos inclusive, por dificultades en el acceso de esta Administración Federal”, señala en sus considerandos el organismo conducido por Carlos Castagneto.

Estos contribuyentes, por lo tanto, se vieron “imposibilitados para cumplir en tiempo y forma sus obligaciones fiscales de presentación de declaraciones juradas y, en su caso, de ingreso de los respectivos saldos, correspondientes a los recursos de la seguridad social”.

Es por ello que la AFIP consideró como razonable contemplar esta situación, y disponer una nueva fecha hasta la cual estas obligaciones se considerarán como cumplidas en término.
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