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28 de diciembre de 2023

Comienza la restricción de camiones por fiestas de fin de año y las vacaciones

Los transportes de carga de más de 3.500 kilos no podrán circular en determinados horarios en rutas nacionales, provinciales y en los accesos a Buenos Aires, para facilitar el traslado de vehículos livianos, agilizar el tránsito y prevenir siniestros viales.

28-12-2023 | 13:55

Foto: Archivo.
 
La Secretaría de Transporte de la Nación dispuso restringir desde este viernes la circulación de camiones de más de 3.500 kilos en rutas nacionales, provinciales y en los accesos a Buenos Aires entre las 18 a 20:59 y se repetirá el sábado de 7 a 9:59 para facilitar el traslado de vehículos livianos por las fiestas de fin de año y comienzo de periodo vacacional de verano.

Para el regreso, el lunes 1 de enero de 2024 la medida se implementará en sentido inverso de 18 a 20:59.

Según indicó este jueves la Agencia Nacional de Seguridad Vial en un comunicado, la restricción apunta a agilizar el tránsito y prevenir siniestros viales.

Rutas y horarios de la restricción


Para ese objetivo, la restricción a camiones abarca todas las autopistas del AMBA, Riccheri, Ezeiza-Cañuelas, Del Oeste y Del Sol (Panamericana), del Buen Ayre y las rutas nacionales 3, 5, 7, 8, 9, 12, 14, 34 y 205.

En tanto, Vialidad de la provincia de Buenos Aires también dispuso la veda de camiones en sus rutas con destino a Costa Atlántica con diferencia horaria.

En sentido a la costa la veda comienza también este viernes de 18 a 23:59 y el sábado 30 de 6 a 14.

Para el regreso de este lunes del primer día del año 2024, los camiones no podrán circular en sentido a Capital Federal de 14 a 23:59 en la autopista Buenos Aires La Plata, la Autovía 2 y las rutas atlánticas 11, 36, 56, 63 y 74.

Asimismo se establecerán puestos de control de tránsito en diferentes puntos de rutas y autopistas con controles de alcoholemia y documentación automotor.

También se informó que quedan exceptuados de toda restricción para circular, temporaria o permanente, a los vehículos del autotransporte de cargas menores a siete (7) toneladas de porte bruto y a los vehículos que transportan leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados, animales vivos, de pescado y mariscos congelados, de productos frutihortícolas en tránsito.

Además quedan eximidos el transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual, de atención de emergencias, de transporte de todo tipo de combustibles y de grúas de asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.

Por último, las autoridades viales recomiendan a los conductores: circular con las luces bajas encendidas; con la VTV actualizada; respetar las velocidades establecidas; colocarse el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla; los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados; haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol.
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