15 de enero de 2024
El Gobierno amplió la emisión de Letras del Tesoro para afrontar pagos de intereses
Según la resolución 3 de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda, se dispuso la ampliación de la emisión de Letras del Tesoro por más de US$ 38 millones para afrontar el pago de intereses de otras Letras cuyos intereses tienen vencimiento el martes.
El Gobierno nacional dispuso la ampliación de la emisión de Letras del Tesoro por más de US$ 38 millones para afrontar el pago de intereses de otras Letras cuyos intereses tienen vencimiento el martes, según la resolución 3 de las SecretarÃas de Finanzas y de Hacienda del Ministerio de EconomÃa, publicada este lunes en el BoletÃn Oficial.
La resolución conjunta dispone la "ampliación de la emisión de la Letra del Tesoro Nacional Intransferible en Dólares Estadounidenses vencimiento 7 de enero de 2034†por un monto de "hasta valor nominal original dólares estadounidenses treinta y ocho millones trescientos noventa y nueve mil seiscientos noventa y seis con trece centavos (VNO USD 38.399.696,13)".
Precisa además que "devengará intereses desde la fecha de colocación, en el marco de lo dispuesto en el artÃculo 4° del decreto 23 del 4 de enero de 2024".
En los considerandos el Gobierno nacional indicó que "el 16 de enero del corriente año opera el vencimiento del segundo cupón de interés de la Letra del Tesoro Nacional Intransferible en Dólares Estadounidenses vencimiento 16 de enero de 2033â€, emitidas por la resolución del 13 de enero pasado.
Por ello señaló que "a fin de cancelar el servicio de interés antes mencionado, se procederá a la ampliación de la emisión de la “Letra del Tesoro Nacional Intransferible en Dólares Estadounidenses vencimiento 7 de enero de 2034â€, emitida originalmente mediante el artÃculo 1° de la resolución conjunta 1 del 3 de enero de 2024".
La resolución autoriza a "las/los titulares de la Oficina Nacional de Crédito Público, o de la Dirección de Administración de la Deuda Pública, o de la Dirección de Operaciones de Crédito Público, o de la Dirección de Programación e Información Financiera, o de la Dirección de Análisis del Financiamiento, o de la Coordinación de TÃtulos Públicos, o de la Coordinación de Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para la implementación de la operación dispuesta".
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