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21 de julio de 2024

Moratoria para pymes y monotributistas: cómo funciona el programa de la AFIP para regularizar deudas

Los contribuyentes tendrán la posibilidad de pagar en cuotas, con condonación de intereses y tasas de financiación reducidas

>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó una nueva moratoria destinada a la regularización de deudas fiscales. El programa ofrece a los contribuyentes una serie de facilidades para poner al día sus obligaciones vencidas hasta el 31 de marzo de 2024, incluyendo aspectos tributarios, aduaneros y de recursos de la Seguridad Social.

La AFIP estableció que los contribuyentes podrán incluir en el plan de regularización las obligaciones en disputa administrativa o contencioso administrativa, así como los casos en trámite judicial y las deudas ya prescriptas. Además, podrán regularizarse las obligaciones derivadas del Impuesto a las Grandes Fortunas y las deudas de los agentes de retención y percepción que hayan incumplido con sus responsabilidades.

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:

a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.

    b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.

    Para poder ingresar a la moratoria los contribuyentes deberán cumplir con tres requisitos fundamentales:

    ● Deberán declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorros de la que se debitarán las cuotas para la cancelación de cada una de las cuotas, en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU.

    ● Deberán poseer un Domicilio Fiscal Electrónico.

    Para ingresar a la moratoria los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en El importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000. Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

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