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28 de mayo de 2025

Perfumes, toallitas, pañales, pasta dental y repelentes: qué se podrá importar para uso personal sin que lo retenga Aduana

La ANMAT dejará de intervenir en la importación de cosméticos y productos de higiene personal a partir de una Disposición publicada en el Boletín Oficial

>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) eliminó su intervención en los trámites de importación de productos cosméticos, domisanitarios e higiénicos que ingresan al país mediante servicios de courier o envíos puerta a puerta para uso personal, es decir, sin fines comerciales. Esta medida quedó oficializada a través de la Disposición N° 3562/2025 y La decisión apunta a simplificar los trámites para usuarios individuales, reducir cargas administrativas y acelerar el acceso a productos del exterior. Según la resolución, los artículos podrán ingresar sin la necesidad de contar con autorización sanitaria previa siempre que el destino de uso sea personal y que no se pretenda su comercialización en el país.

La ANMAT aclaró que la responsabilidad sobre el producto recae en el usuario, quien deberá asumir los posibles riesgos vinculados a su utilización. La medida no habilita a terceros a importar productos para su posterior reventa ni a usar esta vía para fines comerciales, lo cual continúa prohibido y sujeto a penalización por parte de las autoridades aduaneras y sanitarias.

La disposición se refiere a productos de uso cotidiano y personal que suelen adquirirse a través de plataformas internacionales o en viajes. Estos son:

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