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12 de junio de 2025

ARCA lanzó un nuevo régimen de facilidades de pago para deudas tributarias y aduaneras

Esto le permitirá a contribuyentes y responsables regularizar sus obligaciones vencidas hasta el 30 de abril. No incluye reducción de intereses ni liberación de sanciones

>La La medida, formalizada mediante la Resolución General 5711/2025, fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y ya se encuentra vigente.

Esto podrá solicitarse entre el 1 de julio y el 30 de diciembre de 2025 a través del sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal, abarca deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, incluidas retenciones y percepciones impositivas, así como tributos a la importación o exportación y sus intereses.

La resolución detalla que quedan excluidas del sistema de facilidades de pago ciertas obligaciones, como retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes personales de trabajadores en relación de dependencia), anticipos y pagos a cuenta, el impuesto al valor agregado por servicios digitales y del exterior, aportes y contribuciones a obras sociales (salvo para monotributistas). Además, tampoco estarán contempladas cuotas a aseguradoras de riesgos del trabajo, aportes al régimen de empleados domésticos y rurales, impuestos internos sobre cigarrillos, cuotas de planes vigentes y tributos derivados de infracciones al régimen de equipaje aduanero, entre otros conceptos.

El régimen establece diferentes condiciones según el tipo de contribuyente. Las personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y el sector salud podrán acceder a planes de hasta 60 cuotas, con un pago a cuenta del 10% y una tasa de interés equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente. Las medianas empresas (tramos 1 y 2) tendrán un máximo de 48 cuotas y un pago a cuenta del 15%, mientras que el resto de los contribuyentes podrá optar por hasta 36 cuotas y un pago a cuenta del 20%. El monto mínimo de cada cuota y del pago a cuenta será de 2.000 pesos.

El documento especifica que “el pago a cuenta se calculará sobre el total de la deuda consolidada” y que “las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas”. Además, la fecha de consolidación de las obligaciones será la correspondiente al día de la cancelación del pago a cuenta, lo que generará la presentación automática del plan.

La resolución fue firmada por Juan Alberto Pazo, director ejecutivo de ARCA, y se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 11.683, el Decreto 618/1997 y el Decreto 953/2024. El texto destaca que “es objetivo permanente de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a su cargo”.

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