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24 de julio de 2025

El trámite para obtener una pensión podrá hacerse de forma digital, informó la Anses

El objetivo de la medida es simplificar y facilitar el acceso a la prestación. Además, se buscan ahorrar costos

>El Ministerio de Capital Humano pondrá en marcha un nuevo sistema digital para facilitar el acceso a la pensión derivada del fallecimiento de un jubilado. El objetivo de la medida es agilizar los tiempos de otorgamiento, evitar gastos innecesarios y optimizar la atención al público.

Las pensiones por fallecimiento forman parte del esquema de protección que los sistemas previsionales implementan para amortiguar las consecuencias económicas que genera la muerte de un afiliado. Estas prestaciones fueron concebidas bajo un modelo familiar tradicional, basado en la figura de un único generador de ingresos —habitualmente el varón— y un grupo familiar dependiente, compuesto por la esposa e hijos o hijas.

Con la implementación del nuevo sistema digital, el trámite podrá realizarse de manera remota, lo que evitará traslados y reducirá los costos asociados. Además, se prevé una mejora en la disponibilidad de turnos para otros trámites, lo que permitiría una mayor eficiencia en la gestión del organismo.

La iniciativa forma parte de un proceso de modernización de los servicios públicos, con foco en la simplificación de los procedimientos.

La prestación está dirigida a las siguientes personas:

    La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) exige una serie de documentos específicos para acceder a la pensión derivada del fallecimiento de una persona jubilada. El trámite varía según el vínculo del solicitante con el titular fallecido y según la situación previsional previa.

    Quienes hayan estado casados o en convivencia con la persona jubilada deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) y el Formulario de Declaración Jurada.

    En los casos en que el jubilado hubiera accedido a su beneficio mediante una moratoria previsional y tuviera cuotas pendientes al momento del fallecimiento, se exige la presentación del Formulario de Aceptación de descuento de cuota de moratoria (PS 6.279). También corresponde presentar una Declaración Jurada sobre la posible percepción de haberes en cajas no adheridas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o en Fuerzas Armadas o de Seguridad (PS 6.284).

    En estos casos se requiere el original y copia del testimonio judicial que acredite la tutoría o curatela, ya sea transitoria o definitiva. El documento debe incluir la aceptación del cargo, discernimiento y autorización expresa para percibir haberes devengados y futuros.

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