30 de diciembre de 2025
Compras en el exterior: cuáles son los cambios que dispuso ARCA para facilitar las importaciones hechas por particulares

El organismo introdujo simplificaciones en la operatoria para ingresar mercadería del exterior, que serán relevantes en las fronteras
Los cambios fueron introducidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de la Resolución General 5805/2025 publicada en el Boletín Oficial.
En ese sentido, sostiene que resulta necesario avanzar hacia una gestión unificada, más eficiente y coordinada de las operaciones que se tramitan en las distintas áreas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, con el objetivo de brindar un mejor servicio a los contribuyentes.
Bajo ese marco, la norma considera oportuno actualizar el procedimiento de registro de la importación definitiva para consumo de mercaderías sin finalidad comercial ni industrial realizadas por personas humanas y, en paralelo, transformar el formulario OM-2153-A en una versión digital e interactiva.Desde ARCA señalaron: “En principio, la RG 5805/25 no trae cambios sustanciales: principalmente, actualiza la RG 3172/11, que establece el marco legal para la importación a consumo de mercaderías por parte de personas físicas sin finalidad comercial y formaliza la digitalización del formulario OM-2153, que debía presentarse en formato papel ‘por duplicado’”.Por ejemplo, la importación y exportación de obras de arte se hace mediante declaración jurada. Otro ejemplo es el régimen simplificado de productos de Línea Blanca. “En resumen, le da mayor coherencia a la normativa, receptando todos los procedimientos vigentes a los fines de continuar con la optimización de procesos”, sintetizaron.
La novedad es la incorporación de un formulario simplificado (OM-2153-A), pensado especialmente para aduanas de frontera —en particular para el tráfico con Chile—, que funciona como una alternativa operativa al código AFIP tradicional.
Aunque la norma actual elimina los ejemplos explícitos que figuraban en la anterior (como medicamentos, animales o restos humanos), no restringe el régimen sino que, por el contrario, amplía su interpretación. La aplicación concreta del procedimiento queda a criterio de cada aduana, en función de su volumen operativo: algunas optarán por sistemas digitales y otras por el uso del formulario. En todos los casos, los derechos de importación y las intervenciones de terceros organismos permanecen sin cambios.
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