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25 de agosto de 2026

¿Te pueden embargar el sueldo por una deuda de tarjeta o billeteras virtuales? Qué dice la ley y qué recomiendan los expertos

Ante el atraso en el pago de créditos y tarjetas, muchos deudores temen perder parte de su ingreso. La respuesta depende del tipo de empleo, del nivel salarial y de un proceso judicial que la ley regula con topes precisos

Un banco o entidad financiera puede solicitar el embargo del sueldo de un deudor en Argentina, pero no de forma inmediata ni automática. Para que eso ocurra, debe existir una orden judicial. Sin una sentencia de un juez, ningún banco, financiera, tarjeta de crédito o estudio de cobranzas tiene facultad legal para retener ingresos. Las llamadas telefónicas, los mensajes de WhatsApp y las intimaciones de cobradores no equivalen a un embargo.

Según explica el Banco Galicia en su blog, el embargo de sueldo es una medida judicial que retiene una parte de la remuneración para saldar una deuda reclamada. El proceso exige que exista un juicio, que un juez emita una orden y que esa orden se notifique al empleador. Recién entonces la empresa está obligada a retener el porcentaje indicado y depositarlo en la cuenta del expediente.

El camino hasta ese punto no es corto. Antes de llegar a la Justicia, los bancos suelen agotar otras instancias: llamados al deudor, oferta de refinanciaciones y, en muchos casos, la venta de la deuda a estudios jurídicos especializados en cobranza. Según una publicación de Supervielle, cuando el incumplimiento se prolonga, la entidad puede iniciar un proceso judicial y trabar un embargo de bienes, aunque esa instancia representa el último recurso, no el primero.

La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) y el Decreto 484/87 establecen límites claros sobre qué porción del salario puede ser objeto de embargo. Según detalla el Banco Galicia, las escalas son las siguientes:

El cálculo se realiza sobre el sueldo neto, es decir, después de aportes y descuentos de ley. Además, si el salario se acredita en una cuenta sueldo, esos fondos mantienen la misma protección: el embargo debe trabarse sobre la remuneración con los topes legales y no sobre el total del saldo disponible en la cuenta.

La única excepción a estos límites es la deuda por cuota alimentaria. En ese caso, el juez puede fijar un porcentaje mayor y alcanzar incluso la porción equivalente al SMVM.

Antes de que un embargo sea siquiera una posibilidad, el impago de deudas genera otra consecuencia inmediata: el ingreso al Veraz, el registro que recopila el historial crediticio de personas y empresas en Argentina. Según detalla un informe de Naranja X, ese historial se clasifica en cinco situaciones:

Un mal historial en el Veraz limita el acceso a nuevos préstamos, tarjetas y otros productos financieros, y es consultado por bancos y entidades cada vez que se evalúa el otorgamiento de un crédito

Un dato que suele pasarse por alto es que las deudas financieras tienen plazos de prescripción. Las deudas de tarjeta de crédito prescriben a los tres años desde que se produce la mora, es decir, desde el vencimiento del último resumen impago. Las deudas de préstamos personales, en cambio, pueden tener plazos distintos según la entidad y el producto.

Ahora bien, la prescripción no opera de forma automática en todos los casos. Si el deudor realiza un pago parcial o el acreedor inicia una demanda judicial, el plazo se reinicia desde ese momento. Por eso, cualquier acción sobre la deuda —aunque sea mínima— puede extender el período durante el cual la deuda es legalmente exigible.

Este punto es muy importante, por lo que vale la pena repetirlo: existe mucha información errada sobre la prescripción de deudas, es muy difícil que una deuda prescriba y aún cuando lo haga las entidades financieras suelen conervar información sobre la conducta de pago del cliente que pesa sobre su scoring crediticio y su capacidad de acceder a servicios financieros a valores sensatos.

Consultar el propio informe del Veraz es un derecho garantizado por la Ley 25.236 y puede hacerse de forma gratuita cada seis meses, ya sea por teléfono al (011) 5352-4800 o a través de internet. Según explica Ualá, el sistema solicita el número de DNI y realiza preguntas de validación de identidad antes de otorgar acceso al informe.

El informe del Veraz contiene datos sobre deudas con entidades bancarias, cheques rechazados en los últimos 24 meses, préstamos vigentes, procesos judiciales y extrajudiciales, pedidos de quiebra y obligaciones no canceladas. Ualá diferencia el Veraz de la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina (BCRA): mientras esta última registra financiaciones otorgadas por entidades financieras y cheques rechazados, el informe del Veraz es más amplio e incluye la información de esa central más otros datos adicionales.

Según Ualá, es posible salir del Veraz en tres situaciones:

En todos los casos, el trámite requiere documentación probatoria y puede demorar varios días hasta que la información se actualice en la base de datos.

El Banco Galicia detalla una serie de pasos recomendados ante la recepción de un oficio judicial de embargo:

El Banco Galicia también señala que, para prevenir llegar a esa instancia, conviene pedir el informe en la Central de Deudores del BCRA para conocer la situación real, priorizar las deudas con intereses más altos, negociar refinanciaciones antes de caer en mora y unificar vencimientos cerca de la fecha de cobro del sueldo. Cuanto antes se establezca contacto con el acreedor, más opciones de acuerdo están disponibles.

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