10 de diciembre de 2021
Sobreseen a Elisa Carrió por su fiesta de cumpleaños en diciembre de 2020
El magistrado consideró que "la conducta investigada no constituye delito" y sobreseyó a la dirigente de la Coalición Cívica por supuesta violación al artículo 205 del Código Penal.
El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, sobreseyó a Elisa Carrió en la causa por una fiesta de cumpleaños realizada en su casa dentro de un barrio privado en el partido bonaerense de Exaltación de la Cruz el 26 de diciembre de 2020, mientras regÃan restricciones impuestas por la pandemia de coronavirus.
En su resolución el magistrado consideró que "la conducta investigada no constituye delito" y sobreseyó a Carrió por supuesta violación al artÃculo 205 del Código Penal que pena la violación de medidas para evitar la propagación de una pandemia, según el fallo al que tuvo acceso Télam
Pese a que el sobreseimiento fue dictado el 1 de diciembre pasado y quedó firme, el magistrado concedió este jueves recursos de apelación de la defensa de Carrió ante la Cámara Federal de San MartÃn contra otra de sus decisiones, el rechazo a planteos de falta de acción por inexistencia de delito e inconstitucionalidad de la norma.
En cuanto al sobreseimiento, González Charvay entendió que Carrió pudo considerar que no estaba cometiendo un delito cuando hizo la fiesta, de la que avisó de manera informal a la Municipalidad de Cruz del Eje y de hecho, dieron cuenta medios de comunicación.
Todo ello "no hace más que robustecer la idea de que Elisa MarÃa Avelina Carrió interpretó que su obrar era ajustado a la normativa vigente, en tanto, de considerarlo ilÃcito, lo presumible hubiera sido que intentara no hacerlo público".
Además recordó en el fallo que en diciembre de 2020 regÃa la fase 4 para esa localidad, de distanciamiento social ante la pandemia.
"Con el objeto de ejemplificar el panorama sanitario y social en que nos encontrábamos a la fecha del evento a estudio-, que a mediados de diciembre de 2020, diversos portales de noticias se hacÃan eco de inminentes habilitaciones para fiestas de hasta 200 personas al aire libre "con protocolos, distanciamiento y un 30% del aforo del espacio permitido", recordó el fallo.
Además "debe sumarse que las medidas sanitarias en ese entonces eran muy variantes, en tanto los decretos y resoluciones que se publicaban cada catorce dÃas normalmente iban modificando el panorama, y como se dijo, escalonadamente realizaban diferentes aperturas".
La fiesta tuvo lugar en el "Club de Campo Chacras de la Cruz", en ese partido de la provincia de Buenos Aires y la denuncia se presentó en agosto pasado ante el juez federal Sebastián Casanello en los tribunales federales de Retiro, pero el magistrado se declaró incompetente y envió la causa al juzgado federal de Campana, con jurisdicción sobre el lugar donde ocurrieron los hechos.
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