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17 de julio de 2025

Ampliaron los consumos base de luz para los usuarios que residan en zonas frías y no tengan gas natural

La medida se mantendrá a lo largo del invierno, con el fin de aliviar los costos para las viviendas que utilicen la energía eléctrica para calefaccionarse

>Con la llegada del invierno, el Gobierno nacional aprobó un aumento en los consumos base de energía eléctrica para los usuarios que residan en La medida comenzó a regir esta madrugada, luego de que se publicara la Disposición 2/2025 en el Boletín Oficial. Con el aval del subsecretario de Transición y Planeamiento Energético, Antonio Milanese, se estableció que entre el 1° de julio y el 31 de agosto de 2025 regirán consumos base diferenciados para usuarios de energía eléctrica en regiones incluidas en las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, según la norma IRAM 11603/2012 y la Ley 27.637 de Ampliación del Régimen de Zona Fría.

Para los usuarios categorizados en el Nivel 2, el consumo base será de 700 kWh por mes, mientras que para los usuarios del Nivel 3 será de 500 kWh mensuales. La disposición alcanza a quienes no poseen acceso al servicio de gas natural por redes ni gas propano indiluido por redes.

En línea con esto, las autoridades notificaron a los entes reguladores y a las empresas distribuidoras de energía eléctrica, tanto de jurisdicción federal como provincial, para que apliquen los precios estacionales definidos mediante la Resolución N° 281/2025 según los nuevos criterios. Además, deberán coordinar la implementación de la medida, elaborar cuadros tarifarios actualizados si corresponde y, en caso necesario, gestionar la refacturación o acreditación de diferencias en las liquidaciones de servicios.

Previamente, el Ministerio de Economía había dispuesto un aumento del recargo aplicado sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), pasando del 5,44% al 6%. La medida comenzó a regir desde el 1° de abril e impactó en los volúmenes comercializados y en el autoconsumo de gas natural.

El recargo fue impuesto para solventar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que sostiene los descuentos en las facturas de usuarios de regiones más frías de la Argentina.

Creado por la ley 25.565 y ampliado más tarde por las leyes 25.725 y 27.637, el fondo permite aplicar un recargo máximo de 7,5% sobre el precio del gas en el PIST. Asimismo, cabe destacar que el fondo se financia exclusivamente a través del recargo pagado por los usuarios no beneficiados, sin aportes del Tesoro Nacional. Esto incluye hogares, comercios e industrias de zonas templadas o cálidas, donde la alícuota se traslada directamente a las facturas.

En 2023, el fondo recaudó $322.210,2 millones y tuvo egresos por $377.021,0 millones, arrojando un déficit de $54.810,8 millones. En 2022 había registrado un superávit de $39.213,3 millones. La Secretaría de Energía no informó si este déficit motivó el aumento del recargo.

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