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15 de septiembre de 2025

El Gobierno simplificó el proceso para ingresar nuevos aviones al país

Se facilitarán los procedimientos de aceptación, legitimación y habilitación de nuevos modelos de aeronaves

>El Gobierno simplificó el ingreso de nuevas aeronaves a la Argentina con el fin de iniciar operaciones, mediante la agilización del proceso de certificaciones. La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) actualizó el marco regulatorio para el reconocimiento de Certificados Tipo y Certificados Tipo Suplementario emitidos por autoridades de varios países.

Vale mencionar que el Certificado Tipo es el documento expedido por un Estado que acredita que el diseño de una aeronave, motor o hélice cumple con los requisitos de aeronavegabilidad y “satisface los máximos estándares de seguridad establecidos por la normativa vigente”.

Argentina reconocerá como válidos los Certificados Tipo y los Certificados Tipo Suplementarios emitidos por la FAA de Estados Unidos, la EASA de la Unión Europea, la ANAC Brasil, la CAA del Reino Unido y la TCCA de Canadá, sin necesidad de realizar un procedimiento adicional de legitimación.

También se actualizó el cuadro arancelario para estos trámites y se estableció un modelo estandarizado de nota de reconocimiento. La resolución tiene efectos directos sobre fabricantes y operadores de aeronaves, al simplificar procesos y disminuir los costos vinculados a la certificación.

El procedimiento alcanza al equipamiento suplementario que los operadores deseen incorporar para optimizar eficiencia, confort y servicios a bordo. Además, se eliminan procedimientos burocráticos que “no le aportan valor a la cadena de la seguridad operacional”.

“Al armonizar sus procedimientos con los de autoridades reconocidas a nivel global, Argentina avanza hacia un mayor grado de uniformidad en normas, reglamentos y procesos, garantizando la seguridad operacional e impulsando el desarrollo de la aviación civil en el país”, aseguraron fuentes oficiales.

A través de la Resolución 567/2025, el Ejecutivo fijó los requisitos, condiciones y plazos que deben cumplir los operadores aéreos nacionales y extranjeros para informar a la ANAC sobre sus vuelos en Argentina, “con el fin de ordenar, transparentar y agilizar trámites que antes eran burocráticos”.

“De esta manera, se reducen los costos administrativos para el Estado y se garantiza mayor previsibilidad para las empresas y más seguridad para los pasajeros”, indicó la Secretaría de Transporte.

Puntualmente, se eliminaron parte de los trámites de autorización que aerolíneas y operadores debían cumplir para operar vuelos entre destinos nacionales. Ahora, solo deben notificar de manera periódica por correo electrónico a la Autoridad Aeronáutica, sin necesidad de obtener una autorización previa.

Asimismo, a través del Decreto 338/2025 se suprimieronEntre las modificaciones centrales, se autorizó la utilización de aeronaves extranjeras sin obligación de contar con personal ni asistencia argentina, lo que implica un cambio profundo en las condiciones operativas. También se eliminó la exigencia de que dos tercios del directorio de las compañías del sector fueran de nacionalidad argentina, lo que abre la posibilidad de ingreso directo para inversores internacionales sin necesidad de intermediarios.

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