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18 de septiembre de 2026

Inocencia Fiscal II: el Gobierno apuesta a los dólares del colchón para reactivar la economía, pero hay cautela entre los expertos

El Senado convirtió en ley el proyecto del oficialismo. A la espera de la nueva reglamentación, los especialistas son cautelosos sobre la adhesión por parte de los contribuyentes y la reactivación que espera Economía

Este jueves, el Senado convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal II, una iniciativa que busca darle mayor seguridad jurídica a los contribuyentes que saquen los dólares del colchón ante un cambio de gestión. Si bien el Ministerio de Economía apuesta a que esto ayude a reactivar la economía y desarrolle el mercado de capitales, los especialistas tributarios son cautos respecto a la velocidad del ingreso de los recursos informales al circuito legal.

En concreto, el Gobierno espera que el nuevo esquema contribuya a que una porción de los ahorros no declarados se integre a la economía formal, con posibles efectos sobre la compra de bienes, las operaciones inmobiliarias, la bancarización y el acceso a financiamiento. La expectativa oficial parte de una estimación del Banco Central según la cual los argentinos tienen USD 170.000 millones fuera del sistema.

Semanas atrás, el ministro de Economía, Luis Caputo, planteó esa meta durante una charla con estudiantes de la Universidad Torcuato di Tella (UTDT), donde les pidió a los alumnos que intenten convencer a sus padres de llevar al sistema financiero los dólares que conservan fuera del circuito formal. "Vos tenés a la gente con los dólares abajo del colchón y que no se animan a llevarlo al banco porque todavía tienen miedo, a pesar de que pasaron 25 años, todavía tienen miedo de que los bancos se los roben", expresó el funcionario. Luego pidió que no se enojen si sus familias rechazan esa alternativa. "Traten de convencerlos igual", señaló el ministro.

La salida de esos fondos del circuito informal ocupa un lugar central en la estrategia oficial ya que la administración libertaria apunta a que los dólares guardados en hogares puedan ingresar al sistema financiero y alimenten el mercado de capitales. Caputo explicó que ese proceso busca ampliar las fuentes de financiamiento para grandes empresas, jóvenes y pequeñas y medianas empresas, además de reducir la dependencia histórica de Argentina respecto de Wall Street.

La sanción de Inocencia Fiscal II acompaña esa expectativa con cambios en el régimen tributario para quienes poseen fondos no declarados y analizan utilizarlos. El esquema incorpora modificaciones destinadas a dar previsibilidad a los contribuyentes, en especial a quienes temen que el uso de dinero fuera del sistema derive en inspecciones o reclamos por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Los especialistas consultados por Infobae coincidieron en que la ley puede favorecer una mayor circulación de dólares no declarados, aunque advirtieron que no esperan una salida inmediata ni masiva de fondos. El nivel de utilización dependerá de condiciones que exceden la norma: la confianza de los contribuyentes en la estabilidad de las reglas, las expectativas sobre la economía, la evolución del dólar y la percepción sobre el futuro del régimen después de 2027. En ese marco, la bancarización puede darse de manera gradual y convivir con el uso de recursos para operaciones puntuales, como la adquisición de un auto o un departamento.

Noelia Girardi, gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, señaló que la aprobación de la ley puede contribuir a que una parte de los dólares fuera del sistema formal se incorpore a la economía, aunque evitó proyectar un monto.

"No necesariamente todo ese dinero va a ingresar al sistema bancario ni lo hará de manera inmediata", indicó Girardi. La experta explicó que la reforma puede dar mayor previsibilidad a quienes tienen ahorros no declarados y consideran utilizarlos o incorporarlos al circuito formal. A su criterio, ese marco puede reducir algunos de los temores que llevaron a los contribuyentes a conservar sus recursos fuera del sistema. Sin embargo, remarcó que las condiciones tributarias no determinan por sí solas la decisión de exteriorizar o movilizar los dólares.

"La decisión de exteriorizar esos fondos no depende exclusivamente de las condiciones impositivas. También influyen la confianza en la estabilidad de las reglas, la expectativa sobre la evolución de la economía, pero sobre todo la percepción de que las garantías del régimen se van a mantener en el tiempo", afirmó. Esa evaluación se conecta con el objetivo oficial de transformar una parte de los dólares guardados en fondos disponibles para consumo, financiamiento o inversión. Para ello, los tenedores deben considerar que el marco legal tendrá continuidad suficiente y que las garantías previstas por la norma se sostendrán durante el tiempo que requiera cada operación.

Uno de los cambios centrales de la nueva Ley se concentra en el acceso al Régimen Simplificado de Ganancias (RGS). Con la legislación anterior, quedaban excluidos quienes registran ingresos superiores a $1.000 millones o un patrimonio de más de $10.000 millones en alguno de los últimos tres años. La iniciativa aprobada modifica esas condiciones y habilita el ingreso de contribuyentes que antes quedaban afuera por esos parámetros. También contempla una vía para regularizar determinadas situaciones sin perder los beneficios, un aspecto que los especialistas vincularon con la búsqueda de mayor seguridad jurídica.

Para Mariano Ghirardotti, socio de Ghirardotti & Ghirardotti, la modificación permite que un sector que no podía ingresar al esquema ahora tenga esa posibilidad. "Más que nada, esta reforma lleva tranquilidad por algunas correcciones y habilita a los grandes contribuyentes, no grandes nacionales, a ingresar al régimen finalmente", afirmó. El tributarista consideró que las condiciones legales pueden facilitar el uso de dólares en casos puntuales, sobre todo para personas que necesitan concretar una compra y evalúan recurrir a los recursos que mantienen fuera del sistema.

Ghirardotti ubicó esa posibilidad dentro de un año preelectoral y señaló que ese contexto puede limitar las decisiones de los contribuyentes. "No sé en un año preelectoral como este cuántos dólares del colchón saldrán, pero las condiciones están dadas para que aparezcan para los que estén apurados a comprar", sostuvo.

A su vez, la nueva legislación redefine cuándo una diferencia entre la declaración de un contribuyente y los datos en poder del fisco nacional constituye una discrepancia significativa. Si la diferencia alcanza al 15% o más, pero no supera los $5 millones, deja de encuadrar en esa categoría. El nuevo criterio incorpora una referencia monetaria adicional al porcentaje.

El umbral anterior se definía solo por el 15%, lo que dejaba expuestos a controles a contribuyentes con diferencias porcentuales que involucraban montos bajos. Con el cambio aprobado por el Senado, la diferencia debe superar los $5 millones para que se considere significativa, aun si el desvío respecto de la información declarada alcanza el 15% o más.

Cuando el fisco detecta una diferencia superior a $5 millones, el contribuyente conserva una alternativa para regularizar la situación. La norma establece un plazo de 15 días desde la notificación de la determinación de oficio para aceptar la liquidación y pagar el impuesto junto con sus accesorios. Ese mecanismo ordena los casos en los que se detecten discrepancias por encima del nuevo límite y forma parte de las modificaciones que amplían las posibilidades de adhesión y permanencia dentro del régimen. El alcance operativo de esa instancia dependerá de las definiciones administrativas que adopte ARCA.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, destacó la posibilidad de regularizar diferencias sin perder los beneficios del esquema. "Tiene reformas que mejorar en el régimen, da más seguridad jurídica, posibilidad de regularizar sin perder los beneficios, es mejor que Inocencia Fiscal I", apuntó. El especialista sostuvo que el texto configura un escenario tributario más favorable para quienes quieren usar dinero no declarado. A la vez, diferenció las mejoras sobre el régimen de la posibilidad de que los fondos salgan en la magnitud que plantea el Gobierno.

Sobre este punto, el contador, Marcos Felice, señaló que, además de la reglamentación de fondo de Inocencia Fiscal II, será necesario seguir qué ocurre con el vencimiento de la Declaración Jurada Simplificada de Ganancias 2025. "Creo que sería razonable esperar alguna definición rápida de ARCA acerca de una nueva prórroga", dijo. La Resolución General 5820 todavía controla los parámetros de ingresos, patrimonio y la condición de no ser gran contribuyente previstos por la Ley 27.799. Según indicó, ARCA deberá adaptar los requisitos de adhesión y permanencia al nuevo marco, además de definir el alcance de la presunción de exactitud, el efecto liberatorio, el tratamiento de las declaraciones rectificativas y los casos en los que podrá abrir una fiscalización.

La Ley fija el 31 de diciembre de 2027 como fecha límite para aprovechar los beneficios de presunción de exactitud y tapón fiscal. Ese día coincide con el final del actual mandato presidencial y marca el horizonte para quienes evalúan adherir al RSG o utilizar los instrumentos previstos por la reforma. Domínguez señaló que ese plazo puede influir en el comportamiento de los contribuyentes. "Si la cosa va mejorando y el Gobierno va encaminando hacia una reelección, con esta reforma la no utilización de las presunciones es hasta el 31 de diciembre de 2027, lo que podría incrementar la utilización", concluyó.

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