Miércoles 27 de Mayo de 2026

9.7º

EL TIEMPO EN PARANA

20 de agosto de 2025

Actualizaron el régimen de registro de armas para las fuerzas de seguridad nacional en actividad y personal retirado

Los cambios se oficializaron en una resolución publicada en Boletín Oficial

>El El objetivo de estos cambios es adaptar los procedimientos de altas y bajas de material institucional, además de ordenar el sistema de registro y fiscalización de la condición de legítimo usuario y portador de armas de fuego. Se trata de una de las tareas principales del RENAR, restituido a principios de julio a través de una medida oficial tras haber sido disuelto hace aproximadamente una década.

La normativa responde a modificaciones previas dispuestas por el Decreto 409/2025 al régimen general de armas, modernizando procedimientos y estableciendo nuevas obligaciones para todas las instituciones mencionadas en el marco de la Ley Nacional de Armas y Explosivos. Los cambios empezaron a correr a partir del 19 de junio, cuando el Gobierno publicó la normativa a través de Boletín Oficial que alcanzaba al personal de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, servicios penitenciarios, policías provinciales, asociaciones de tiro y usuarios civiles en todo el país.

El nuevo régimen también exige que las instituciones mantengan actualizados ante el organismo los inventarios de armas institucionales. Cada fuerza debe recordar que, para otorgar permisos de tenencia y portación, es esencial la correcta evaluación de antecedentes personales, profesionales y condiciones psicofísicas del solicitante.

Para acceder al estatus de legítimo usuario y a la autorización de portación, tanto el personal en actividad como quienes estén en situación de retiro deberán adecuar sus solicitudes a los nuevos instructivos. El personal con permisos vencidos también deberá realizar un trámite completo bajo los parámetros vigentes. El texto también aclara que los miembros exonerados o dados de baja obligatoriamente por cuestiones disciplinarias perderán la condición de legítimo usuario y deberán ajustar sus acciones.

Otros aspectos centrales de la resolución son los plazos y modalidades para la actualización de datos y declaraciones. Todos los agentes de las fuerzas comprendidas contarán con sesenta días corridos desde la publicación oficial para enrolarse de manera electrónica a través del portal habilitado (mirenar.minseg.gob.ar), declarando su pertenencia institucional, domicilios vinculados a la guarda del material e información de contacto. Paralelamente, las fuerzas tendrán un plazo de noventa días corridos para informar al RENAR, vía declaración jurada digital, el estado psicofísico y la situación de revista de sus miembros que poseen armas o tramitan permisos de portación.

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

Tensión en Bolivia: miles de personas marchan en La Paz en la cuarta semana de protestas

La mayor crisis social del gobierno centroderechista tensiona al país andino en medio de escasez de combustible, medicamentos y alimentos, mientras el presidente ofrece recortar su sueldo y llama al diálogo

Rusia anunció más bombardeos contra Kiev y exigió la salida de diplomáticos tras el mayor ataque aéreo en años

El Ministerio de Exteriores ruso advirtió que los próximos ataques apuntarán a "centros de toma de decisiones", días después de lanzar 90 misiles y 600 drones sobre la capital ucraniana

Con fotos y gestos, Milei volvió a intervenir en la interna del Gobierno, pero no aplacó del todo las quejas

Durante las celebraciones por el 25 de Mayo, el Presidente tuvo guiños hacia todos los protagonistas de los últimos conflictos. Sin embargo, continúa el malestar en algunos sectores. Qué pasará con las reuniones de Gabinete

Comentarios

Escribir un comentario
93AL7
Completá el captcha para publicar tu comentario sin salir de la nota.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.