28 de diciembre de 2025
Requisitos, multas, límites y otras claves de la ley de inocencia fiscal

Se trata de una normativa que introduce modificaciones en el régimen penal tributario y en los mecanismos de fiscalización. Cómo el Gobierno busca promover el uso de los “dólares en el colchón”
“Durante décadas hubo una combinación de un sistema impositivo asfixiante, control de cambios e inflación alta que empujaron a millones de argentinos a la informalidad y la evasión”, afirmó.
Al mismo tiempo, la ley establece un aumento de más de 100.000% en las multas automáticas para personas y empresas que no presenten en tiempo y forma la documentación requerida ante ARCA. Por ejemplo, la penalidad prevista en el artículo 38, que actualmente es de $200 para personas humanas, se eleva a $220.000, mientras que para personas jurídicas sube de $400 a $440.000. Estas sanciones corresponden a la falta de presentación puntual de las declaraciones juradas.El ministro de Economía, Luis Caputo, aclaró que no se impondrán sanciones automáticas, sino que el ente recaudatorio notificará previamente al contribuyente, otorgando la posibilidad de regularizar la situación antes de aplicar una penalidad económica.“Hablé con el equipo de ARCA y van a trabajar en la reglamentación de una solución que irá en el siguiente sentido: en cuanto ocurra el vencimiento del plazo para presentar la DDJJ, en vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles. Una vez transcurrido ese plazo, recién ahí se va a intimar y aplicar la multa >El régimen actualizado modifica los montos desde los cuales la evasión fiscal pasa a considerarse delito penal. De acuerdo con un análisis del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich, la figura de evasión simple queda configurada cuando el monto evadido alcanza los $100 millones. Martín Caranta, socio del área de Impuestos de la firma, aclaró que ese valor funciona como un umbral mínimo, pero no es suficiente por sí solo, ya que también debe existir un incumplimiento efectivo de una obligación tributaria, lo que implica la concurrencia de un elemento objetivo y otro subjetivo.Respecto de la evasión agravada, la normativa eleva el monto mínimo de $15.000.000 a $1.000.000.000. Cuando la maniobra incluye el uso de personas interpuestas, entes intermediarios, esquemas societarios complejos, patrimonios de afectación, fideicomisos o jurisdicciones no cooperantes con el objetivo de ocultar al verdadero responsable, el piso se incrementa de $2.000.000 a $200.000.000. Ese mismo umbral aplica también a los supuestos en los que se obtienen exenciones, reducciones u otros beneficios impositivos mediante prácticas fraudulentas.
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